
GOBERNACIÓN INFORMA SOBRE LA COMISARIA VIRTUAL
Es una plataforma web de Carabineros de Chile, que permite a las personas dejar constancia respecto a los siguientes temas:
- Abandono del hogar.
- Fines laborales.
- Pérdida de documentos.
- Pérdida de teléfono móvil.
- Régimen de visitas.
- Certificado de bomberos accidentados.
- Pensión de alimentos.
Además, durante períodos de contingencia, como en casos de cuarentena o toque de queda, otorga los siguientes permisos temporales y salvoconductos:
- Permiso Temporal Individual – Asistencia a funeral familiar directo
- Permiso Temporal Individual – Retorno a residencia habitual
- Salvoconducto Colectivo – Empresas Básicas
- Salvoconducto individual – Trámites funerarios familiar directo
- Salvoconducto individual – Tratamientos médicos
Además de los tipos de constancias descritos anteriormente, los interesados y las interesadas pueden dejar las siguientes constancias en las comisarías de todo el país: pérdida o deterioro de la placa patente, para efectos de un seguro contratado y fines posteriores (cualquier tipo de constancia que el interesado o la interesada necesite presentar como resguardo).
Si se trata de un choque o accidente que no tuvo lesionados o lesionadas, los involucrados o las involucradas deben avisar a la compañía de seguros respectiva; en caso de haber personas heridas, deberán llamar al 133 o hacer la denuncia ante Carabineros.
Las personas pueden acceder a la Comisaría Virtual a través de su teléfono móvil, tablet o cualquier computador.
Al finalizar el trámite, los interesados y las interesadas recibirán en su correo electrónico el certificado de constancia, excepto para los reclamos al actuar policial realizados en forma anónima.
A diferencia de la constancia, la denuncia ante Carabineros se debe efectuar cuando una o más personas fueron víctimas de un delito penado por la ley, por ejemplo: hurtos, agresiones, asaltos, etc. En este caso, Carabineros presentará el hecho ante los tribunales de justicia para iniciar la investigación correspondiente.
La constancia no libera al interesado o a la interesada de la obligación de informar y seguir los procedimientos que cada organismo estipula.